
Según la investigación del Ministerio Público, la madrugada del 9 de febrero de 2025, la joven imputada conducía bajo los efectos del alcohol y sin licencia.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la prisión preventiva de la imputada por el Ministerio Público como autora del delito de manejo en estado de ebriedad sin licencia, con resultado de muerte y lesiones graves.
Según la investigación del Ministerio Público, la madrugada del 9 de febrero de 2025, la joven conducía bajo los efectos del alcohol y sin licencia. Al llegar a la intersección de avenida Grecia con Avelino Contardo, perdió el control del vehículo, cruzó el eje de la calzada e impactó de frente a otro automóvil que circulaba en sentido contrario. Como consecuencia, los dos ocupantes del vehículo colisionado fallecieron en el lugar, mientras que las tres acompañantes de la imputada sufrieron lesiones graves.
En un fallo dividido la Primera Sala del tribunal de alzada, compuesta por los ministros Virginia Soublette Miranda, Jaime Rojas Mundaca y el abogado (i) Fernando Orellana Torres, ratificó la decisión del Juzgado de Garantía de Antofagasta. El tribunal consideró que la libertad de la imputada representa un peligro para la seguridad de la sociedad.
«Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del juez a que, se considera acreditado en forma suficiente, conforme al estándar probatorio exigido para una medida cautelar, que se cumplen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal», señala la resolución. El fallo menciona el informe de la facultativa que atendió a la imputada, quien describió síntomas de ebriedad, además de un informe preliminar de la SIAT, que indica que la acusada se negó a realizar la prueba respiratoria de alcoholemia.
El tribunal justificó la prisión preventiva considerando la gravedad del delito, la falta de licencia de conducir y el riesgo que implica su libertad. «La medida cautelar se encuentra fundamentada en la multiplicidad de resultados, la protección de bienes jurídicos y la severidad de la pena esperada», agrega la sentencia.