La normativa amplía la protección de los trabajadores ante conductas de personas ajenas a la empresa y elimina la reiteración de las conductas.

El 14 de enero de este año se promulgó la Ley N°21.643, conocida como ley Karin, que modifica el Código del Trabajo con la finalidad de prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Además, establece que el delito no se limita a la relación entre jefe y subordinado, sino que también puede ser entre compañeros laborales.
En términos prácticos, la nueva legislación plantea que no será necesario que los hostigamientos o agresiones sean de forma reiterada para ser constitutivas de delito, tal como lo señalaba la antigua normativa, sino que bastará que dicha acción sea ejercida una sola vez para poder ser denunciada.
La nueva legislación entra en vigor este jueves 1 de agosto, ante el concepto «acoso laboral», elimina la reiteración como exigencia en las conductas de hostigamiento y, al mismo tiempo, introduce el concepto de violencia laboral y amplía la protección de los trabajadores ante conductas de personas ajenas a la empresa.