Corte de Apelaciones consideró que superado el plazo otorgado por el Tribunal de Garantía de Viña su encarcelamiento resulta “ilegal”.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública (DPP) en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar que negó sustituir la expulsión de un individuo de nacionalidad venezolana condenado a cinco años por robo con violencia por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva.
La base del libelo presentado en especifico por el DPP Humberto Ramírez, argumenta que, tras ser condenado, su representado pasó 450 días en internación dado que la PSI informó la imposibilidad de expulsar al extranjero “por cuanto el país no cuenta con representación consular en Venezuela que permita gestionar un documento de identidad válido para viajes”.
Lo anterior, sumó el defensor, es “arbitrario e ilegal, en tanto transforma una pena que se cumpliría en libertad en una de carácter efectivo, debido a que la internación necesariamente durará hasta que se cumplan cinco años de privación de libertad al no poder ejecutarse la expulsión”. De este modo, el tribunal de alzada porteño acogió el recurso de Ramírez indicando que ya se superó el plazo de 30 días dado por el juzgado viñamarino para materializar la expulsión y, en consecuencia, “la privación de libertad del amparado resulta ser ilegal, ya que no de no mediar la expulsión, habría sido merecedor de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva”.